¿Eres una empresa o autónomo? Consigue un 20% de rentabilidad fiscal en 8 meses

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Desde 2021, empresas y autónomos puede obtener un 20% de rentabilidad fiscal invirtiendo en proyectos culturales.

Todo gestionado por nuestros despachos legales.
Con el certificado del Ministerio de Cultura y Deporte.
1. Selección del proyecto cultural y firma del contrato de financiación

Se elige un proyecto cultural disponible y se firma un contrato de financiación con el promotor de dicho proyecto.

2. Desembolso de la inversión

Una vez firmado el contrato, se realiza la transferencia al promotor del proyecto.

3. Obtención del ahorro fiscal en la declaración de impuestos

En el momento de la declaración del Impuesto de Sociedades o IRPF, se aplica el 120% de deducción fiscal sobre lo invertido.

+200 empresas y autónomos que ya han confiado en nosotros

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Base imponible*Inversión**Rentabilidad 20%***
250K€ - 500K€25K€-50K€5K€ - 10K€
500K€ - 1.000k€50K€-100K€10K€ - 20K€
1.000K€ - 2.000K€100K€-210K€20K€ - 40K€
2.000K€ - 4.000K€210K€-420K€40K€ - 80K€
Base imponible*Inversión**Rentabilidad 20%***
50k€ - 100k€4,8k€-13,5k€1k€ - 2,7k€
100k€ - 300k€13,5k€-50k€2,7k€ - 10k€
300k€ - 500k€50k€-87k€10k€ - 17,4k€
500k€ - 1M€87k€-180k€17,4k€ - 36k€
* Base imponible: Base imponible: corresponde al Beneficio antes de impuestos o a la Base Liquidable, es decir, al importe sobre el cual se calcula el Impuesto de Sociedades o IRPF.
** Inversión: la deducción está limitada al 50% de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades,o IRPF (e.g. si la cuota íntegra a pagar es 120.000€, tu deducción máxima será 60.000€ y tu inversión máxima será 50.000€.)
*** Rentabilidad: la rentabilidad corresponde siempre al 20% de la inversión.
Resultados orientativos. Hay deducciones y casos específicos que no se han contemplado para el cálculo.

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Base liquidable50.000 €Tipo de gravamen25%
Cuota íntegra del IRPF120.000 €
Máximo a invertir50.000 €
Deducción a aplicar en el ejercicio60.000 €
Rentabilidad fiscal10.000 €
% rentabilidad20,00%
Introducir Base imponible*480.000 €
Cuota íntegra del Impuesto de Sociedades120.000 €
Máximo a invertir50.000 €
Deducción a aplicar en el ejercicio60.000 €
Rentabilidad fiscal10.000 €
% rentabilidad20,00%
* Base imponible: Base imponible: corresponde al Beneficio antes de impuestos o a la Base Liquidable, es decir, al importe sobre el cual se calcula el Impuesto de Sociedades o IRPF.
** Inversión: la deducción está limitada al 50% de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades,o IRPF (e.g. si la cuota íntegra a pagar es 120.000€, tu deducción máxima será 60.000€ y tu inversión máxima será 50.000€.)
*** Rentabilidad: la rentabilidad corresponde siempre al 20% de la inversión.
Resultados orientativos. Hay deducciones y casos específicos que no se han contemplado para el cálculo.

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Con ArvisSin Arvis
Cuota íntegra del IS inicial-120.000 €-120.000 €
Deducción60.000 €0 €
Cuota íntegra del IS final-60.000 €-120.000 €
Inversión
-50.000 €Importe a invertir
y transferir al promotor
0 €
Resultado final de la operación
-50.000 €20% rentabilidad bruta
sobre tu inversión
-50.000 €
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Con ArvisSin Arvis
Cuota líquida del IRPF inicial-58.402 €-58.402 €
Deducción29.2010 €
Cuota líquida del IRPF final-29.201 €-58.402€
Inversión-24.334€0 €
Resultado final de la operación-53.535 €-58.402€
Base imponible: Base imponible: corresponde al Beneficio antes de impuestos o a la Base Liquidable, es decir, al importe sobre el cual se calcula el Impuesto de Sociedades o IRPF.
Deducción: la deducción está limitada al 50% de la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades o IRPF (e.g. si la cuota íntegra a pagar es 120.000€, tu deducción máxima será 60.000€ y tu inversión máxima será 50.000€.)
Rentabilidad: la rentabilidad corresponde siempre al 20% de la inversión.
Resultados orientativos.

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