Alfoz de Santa Gadea
 

 

INFORMACIÓN ACERCA DEL COTO DE SETAS M.U.P. 303 "HIJEDO", SITO EN EL MUNICIPIO DE ALFOZ DE SANTA GADEA, TEMPORADA MICOLÓGICA 2010

La superficie total del Monte Hijedo en la Comunidad de Castilla y León es de 1510 ha, de las cuales 874 ha están pobladas principalmente por roble albar, haya y pino silvestre, con lo que la disponibilidad de especies micológicas está garantizada para su recolección durante todo el año. Los Ayuntamientos de Alfoz de Santa Gadea y Arija, ponen a disposición del público autorizaciones para proceder a su recolección.

A continuación se exponen las instrucciones relativas a la adquisición de autorizaciones para la recolección de especies micológicas en el M.U.P. 303 "HIJEDO" durante la temporada 2010, así como las normas particulares relativas a la utilización de dicho Monte por parte de los recolectores.

Los ingresos o transferencias (y sus justificantes) desde el 1 de enero de 2010, que se realicen en la cuenta del Coto de Setas de los Montes M.U.P. 305 y M.U.P. 306, y no en la cuenta correspondiente al Coto de Setas del Monte Hijedo, o no se correspondan con los importes actualizados, carecerán de validez y serán devueltos a quienes los hayan realizado, mediante una transferencia bancaria a la cuenta que se nos indique para ello.

Para obtener las autorizaciones anuales para el Coto de Setas, se procederá a realizar un ingreso en el Nº de cuenta 2017 0192 31 3000441314 de Caja Círculo siguiendo las condiciones para la adquisición de las tarjetas durante la temporada 2010 referidas a continuación, y las tarifas indicadas más abajo:

  • Se distinguen tres tipos de usuarios del coto: empadronados, no empadronados poseedores de vivienda por la que paguen IBI urbana y basuras y no empadronados.
  • Se bonifica a quien obtenga el permiso durante el primer semestre del año, con un ahorro de 30€ por la licencia anual (en el caso de los no empadronados) y un ahorro de 15€ por la licencia anual (en el caso de los no empadronados poseedores de vivienda, que paguen IBI urbana).
  • La temporada de recolección para las personas autorizadas abarca desde el día 1 de enero de 2010, hasta el día 31 de diciembre de 2010.
  • En el ingreso o transferencia a realizar, se incluirá como concepto el D.N.I. del titular que obtiene la autorización, más “Coto Setas MUP 303 ”, más la matrícula del vehículo en el que normalmente se vaya a desplazar para hacer uso de su autorización.
  • Durante la tramitación de la autorización para la recolección de setas, con el fin de facilitar la labor de las autoridades y evitar equívocos, se proporcionará la matrícula del vehículo que se vaya a utilizar normalmente para el desplazamiento hasta las lindes del Monte. Al usuario que adquiera su autorización se le hará entrega de una tarjeta para el vehículo que ha de dejar en el mismo, en un lugar visible, mientras permanezca en el Coto de Setas.
  • Los Ayuntamientos no tramitarán autorizaciones que pretendan pagarse en efectivo. Es imprescindible realizar un ingreso en caja o una transferencia.
  • Como titular de una autorización para la recolección de especies micológicas en el M.U.P. 303 “Monte Hijedo”, se podrá hacer uso de la misma, presentando el D.N.I. original y el recibo original del ingreso en caja o transferencia bancaria a la cuenta arriba indicada, hasta la obtención de la tarjeta definitiva que se podrá solicitar en el Ayuntamiento a partir del 15 de febrero de 2010.
  • Para facilitar a las personas asociadas al coto la recogida de las autorizaciones, quienes lo deseen podrán recibir en su domicilio dichas autorizaciones. Para ello, deberán remitir a la dirección de este Ayuntamiento en un sobre de correo ordinario, el nombre o nombres de las personas asociadas de quienes deseen recibir las autorizaciones, los dos apellidos, números de D.N.I., matrículas de vehículos correspondientes, los resguardos originales de transferencia o ingreso de estas personas, y un sobre franqueado en el que deberán encontrarse escritos los datos del destinatario al que este Ayuntamiento remitirá la documentación solicitada.


Las condiciones durante la temporada 2010 para el uso de tarjetas son las siguientes:

  • Los acompañantes (uno por tarjeta), han de ir en las proximidades del recolector autorizado.
  • Cada autorización proporciona derecho a utilizar una sola cesta.
  • Se podrán recoger hasta un máximo de 10kg por persona autorizada y día.
  • Las tarjetas son personales e intransferibles.
  • Las tarjetas autorizan a la recolección de especies micológicas única y exclusivamente en el Monte de Utilidad Pública (M.U.P.) 303 “Monte Hijedo”. Dicho Monte tiene sus márgenes bien delimitados y señalizados, tal y como establece la actual normativa de la Junta de Castilla y León.
  • La validez de las tarjetas de temporada será desde el día 1 de enero de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2010, independientemente de que se obtengan el primer o segundo semestre del año.
  • Las personas autorizadas podrán recolectar setas todos los días de lunes a domingo, con excepción de los días en que se realicen en dicho territorio ganchos, batidas o cacerías permitidas y con excepción de jueves y sábados desde el día 1 de noviembre hasta el 1 de enero, en los que se caza la sorda o becada (Scolopax rusticola). A este respecto el calendario de caza en el Monte Hijedo estará expuesto en los tablones de anuncios del Ayuntamiento y en la página web del mismo, y aquí se podrá descargar el calendario de caza de Castilla y León para el año 2009-2010.
  • Se proporcionará a todos aquellos usuarios del coto que lo deseen croquis con los límites del monte, las normas aquí referidas y otros datos de interés al respecto.
  • Los titulares que adquieran una tarjeta quedan obligados al cumplimiento de la vigente legislación de la Junta de Castilla y León sobre aprovechamientos micológicos Decreto 130/99, de 17 de Junio, Decreto 104/1999 Instrucciones Generales para la Ordenación de los Montes Arbolados en Castilla y León artº 220, Ley 8/1991 de 10 de mayo de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León.
  • El incumplimiento de las normas aprobadas en los mencionados Decretos y Leyes, así como de las particulares establecidas por el Ayuntamiento de Alfoz de Santa Gadea a efectos del uso del Monte y del uso de la tarjeta, serán razón justificada para la retirada inmediata de la tarjeta concedida, sin compensación alguna por parte de los Ayuntamientos.


Las normas particulares para la utilización del monte son las siguientes:

  • Para la recogida de las setas se ha de utilizar cesta de mimbre o similar, que en todo caso permita esparcir las esporas de aquellas. En ningún caso utilizar bolsas de plástico.
  • La obtención de una autorización para la recolección de especies micológicas en el Coto de Setas M.U.P. 303 “Monte Hijedo”, no autoriza en ningún caso a la utilización de vehículos a motor en el interior del mismo. Está terminantemente prohibido transitar por el monte en vehículos a motor. Para obtención de permisos especiales por discapacidad, se deberá informar al Ayuntamiento de Alfoz de Santa Gadea y proporcionar la documentación que sea requerida a tal efecto.
  • Se adoptarán por los recolectores, las precauciones necesarias para evitar que se produzcan incendios forestales.
  • Los recolectores dejarán las portillas del monte cerradas a su paso por el mismo.
  • Para facilitar la localización de recolectores en caso de encontrarse perdidos en el bosque, es aconsejable el uso de alguna prenda reflectante (chaleco o pantalón). Es importante además llevar un móvil con la batería cargada. Asimismo es aconsejable buscar una referencia fácilmente localizable y permanecer junto a ella.
  • POR FAVOR, DEJEN EL MONTE A SU PASO COMO A USTEDES LES GUSTARÍA ENCONTRARLO. NO ABANDONEN BASURAS EN ÉL.


Las tarifas para la obtención de autorizaciones durante la temporada 2010 son las siguientes:

  • No empadronados, que no posean vivienda en los municipios de Alfoz de Santa Gadea o Arija, 90€.
  • No empadronados que posean vivienda en los municipios de Alfoz de Santa Gadea o Arija, y que paguen IBI urbana y basuras, 45€.
  • Empadronados y residentes en ambos municipios, gratis, con el D.N.I.


Para cualquier información relativa al Coto de Setas M.U.P. 303 "HIJEDO", pueden contactar con el Ayuntamiento en el teléfono 942773065, los miércoles y viernes de 10:00 a 14:00, o bien ponerse en contacto con el Ayuntamiento, a través de la cuenta de correo concejalia@alfozdesantagadea.es

 

MUY IMPORTANTE

A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos personales facilitados por el titular serán incorporados a la base de datos propiedad del Ayuntamiento de Alfoz de Santa Gadea. Dicho fichero está ubicado en la Plaza Manuel Fernández Navamuel , s/n – 09571 Alfoz de Santa Gadea (Burgos), con las medidas de seguridad establecidas en la Ley Orgánica 15/1999. El titular, salvo expresión en contra, autoriza al Ayuntamiento de Alfoz de Santa Gadea el uso de sus datos para su utilización en cuantas labores relacionadas con la gestión y administración del Coto de Setas fuesen necesarios.

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