jueves, 4 de junio de 2009

Accesar y aperturar

Ambos verbos no existen, por lo tanto no son aceptados por la RAE

Ciertamente accesar no está aceptado como verbo, pero sí como acción. Por tal razón para que su frase sea Correcta, usted no debe decir, por ejemplo: “yo puedo accesar la computadora de mi jefe”, pero sí puede decir “yo tengo acceso a la computadora de mi jefe”. Exactamente lo mismo sucede con aperturar. Ninguno de los dos verbos son aceptados por la RAE, por lo cual su uso no está justificado y deben evitarse. ¡Qué desagradable se escucha cuando en los centros financieros nos invitan a aperturar una cuenta de ahorros!
Por favor, no utilicemos estos verbos, porque no están aceptados por la Real Academia Española (RAE)... todavía.

acceso. 1. m. Acción de llegar o acercarse. 3. m. Entrada o paso. 4. m. Entrada al trato o comunicación con alguien. 5. m. Arrebato o exaltación. 6. m. Med. Acometimiento o repetición de un estado morboso, periódico o no, como la tos, la disnea, la neuralgia o la agresividad.

apertura. 1. f. Acción de abrir. 2. f. Acto de dar principio, o de volver a dárselo, a las tareas de una asamblea, a los estudios de una corporación, a los espectáculos de un teatro, etc. 3. f. Actitud favorable a la innovación. 4. f. Actitud de transigencia en lo ideológico, político, religioso, etc. 5. f. Acto solemne de sacar de su pliego un testamento cerrado y darle publicidad y autenticidad.

Si desea utilizar verbo y no acción para el ejemplo mostrado al principio, entonces puede decir “yo puedo acceder la computadora de mi jefe” ya que acceder es equivalente a tener acceso. Lo mismo podrá decirse en una institución financiera: “lo invitamos a abrir una cuenta de ahorros”.