¿Cómo crear un Enclave Laboral?
Transición
del CEE a la empresa ordinaria:
El
Centro Especial de Empleo acuerda con la empresa contratante prestar
sus servicios o desarrollar sus tareas productivas en la sede de la
empresa.
Instrumentación:
Los equipos de trabajo mantendrán una relación
jerárquica con un encargado de producción del CEE.
Tanto los
trabajadores como el encargado de producción serán personal
del CEE, lo que representa una disminución de costes para la empresa
contratante.
Contrato:
· Para la realización del Enclave, el CEE y la
empresa contratante suscribirán un contrato por obra y servicio,
cuya duración será de un mínimo de 3 meses y un máximo
de 3 años.
· Se podrá prorrogar por un periodo mínimo
de 3 meses y hasta un máximo de 3 años. Por tanto, la duración
máxima del enclave, incluida la prórroga será de
6 años.
· El enclave estará formado por al menos
5 trabajadores si la plantilla de la empresa es de 50 o más. Al
menos por 3 si dicha plantilla es inferior.
Tránsito
al mercado ordinario:
· La empresa contratante puede contratar a trabajadores
del Enclave Laboral en cualquier momento.
· No podrá concertar periodo de prueba
salvo que realice funciones distintas a las que efectuaba en el Enclave.
· Cuando se produzca la incorporación en
la empresa contratante, el trabajador pasará a situación
de excedencia voluntaria en el CEE.
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