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¿Cómo crear un Enclave Laboral?

Transición del CEE a la empresa ordinaria:
El Centro Especial de Empleo acuerda con la empresa contratante prestar sus servicios o desarrollar sus tareas productivas en la sede de la empresa.

Instrumentación:
Los equipos de trabajo mantendrán una relación jerárquica con un encargado de producción del CEE.
Tanto los trabajadores como el encargado de producción serán personal del CEE, lo que representa una disminución de costes para la empresa contratante.

Contrato:
·
Para la realización del Enclave, el CEE y la empresa contratante suscribirán un contrato por obra y servicio, cuya duración será de un mínimo de 3 meses y un máximo de 3 años.
· Se podrá prorrogar por un periodo mínimo de 3 meses y hasta un máximo de 3 años. Por tanto, la duración máxima del enclave, incluida la prórroga será de 6 años.
· El enclave estará formado por al menos 5 trabajadores si la plantilla de la empresa es de 50 o más. Al menos por 3 si dicha plantilla es inferior.

Tránsito al mercado ordinario:
·
La empresa contratante puede contratar a trabajadores del Enclave Laboral en cualquier momento.
· No podrá concertar periodo de prueba salvo que realice funciones distintas a las que efectuaba en el Enclave.
· Cuando se produzca la incorporación en la empresa contratante, el trabajador pasará a situación de excedencia voluntaria en el CEE.

 
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