La prestación para gestación se limita habitualmente a 20 días, existiendo Cñías que no lo cubren y otras que permiten 25 días adicionales por consecuencias del embarazo
  
Para que sirve el seguro


¿Y el parto, cubre el seguro?

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Aunque el parto no es ninguna enfermedad, las madres aseguradas que hayan superado los periodos de carencia recibirán indemnización por este motivo.

Para la cobertura del subsidio debido a los embarazos y sus consecuencias o partos el plazo de carencia será según cada compañía de:

  • ocho meses
  • nueve meses
  • doce meses


Prestaciones habituales por parto


Una prestación única equivalente a 20 veces el subsidio o renta diaria garantizada para la cobertura de baja laboral.

Algunas póliza llevan además, incluido también por patología derivada del embarazo, aborto, parto o puerperio: un máximo de 25 días adicionales, descontando la franquicia que pudiera tener.
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